Legal, matar a ladrones Destacado
- Escrito por Comunicado de Prensa
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· Aprueban diputados dar mayores atributos a los particulares en defensa propia; pueden repeler la agresión si hay peligro inminente
Los diputados del Congreso del Estado de Nuevo León aprobaron la iniciativa de reforma al artículo 17 del Código Penal, con lo cual se dará mayores atributos a los particulares en materia de legítima defensa.
El diputado Marcos Mendoza Vázquez expuso que los ciudadanos del distrito, por diferentes medios, le han comunicado que viven con el temor de ser víctimas de la delincuencia. Sin embargo, expuso que “lo más preocupante para los vecinos es que alguien irrumpa en su domicilio o negocio, perder la libertad o su vida o la de sus familiares”.
Ante esto, por unanimidad, los diputados locales autorizaron que si las circunstancias llevan a una persona a matar a un ladrón que entra a un inmueble sin consentimiento, recibirá el beneficio de la reforma y saldrá en libertad.
Por tal motivo, dijo Marcos Mendoza, con la reforma se amplió el criterio para que los ciudadanos actúen en defensa “de su persona, de su familia, de su honor o de sus bienes, o de la persona, honor o bienes de otro, repeliendo una agresión actual, violenta, sin derecho y de la cual resulte un peligro inminente”.
Los legisladores reiteraron el lunes pasado que el endurecimiento de la norma es un reclamo ciudadano y que no se da luz verde para que cualquiera asesine a otro dentro de su casa, ya que en todo caso un juez sentenciará sobre un homicidio, pero deberá determinar si la muerte fue justificada.
“Se presumirá que concurren los requisitos de la legítima defensa, respecto de aquel que rechazara al agresor, en el momento mismo de estarse introduciendo o realizando actos idóneos encaminados a lograr entrar a su casa o departamento habitado, o de sus dependencias, cualquiera que sea el daño causado al agresor”, detalló Mendoza Vázquez.
“La modificación actúa aún en un hogar ajeno que aquel tenga obligación de defender; en el local en que aquel tenga sus bienes, o donde se encuentren bienes ajenos que tenga obligación legal de defender, y el intruso ejerza violencia sobre las personas o sobre las cosas que en tales sitios se hallen”, añadió.