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Declaran Alerta de Violencia de Género para Chiapas

·         Al hacer una reflexión sobre la AVGM decretada el viernes de la semana anterior, sostuvo que es un logro valioso para Chiapas, sostuvo la catedrática Carmen Marín Levario

La Alerta de Violencia de Género contra Mujeres es apenas una de las grandes deudas del Estado Mexicano con más del 50 por ciento que somos las mujeres para que actúe de manera pronta, expedita e imparcial, sostuvo la catedrática Carmen Marín Levario, una de las mujeres que ha participado en el movimiento feminista para esto se concretara.

 

Al hacer una reflexión sobre la AVGM decretada el viernes de la semana anterior, sostuvo que es un logro valioso para Chiapas, si tenemos en cuenta que fue la primera entidad en firmar con la LIX Legislatura de la Comisión Especial de Feminicidios de la Cámara de Diputados el acuerdo para investigar los asesinatos de mujeres con perspectiva de género.

Sin embargo, señala que no basta con la AVGM, se requiere de impulsar desde el preescolar hasta la educación superior acciones que rompan con actitudes patriarcales y sexistas. También que la LXVI Legislatura del Congreso del Estado de Chiapas se disponga a actuar con reformas en su legislación y mecanismos que salvaguarden a las mujeres.

Caso contrario, anota, la tan ansiada y esperada Alerta de violencia de género contra mujeres para garantizarnos el derecho a una vida libre de violencia y de estereotipos sexistas, no prosperará. Recordemos que la violencia de género contra las mujeres es un problema social y de salud pública, y que hasta la misma ONU, calcula que en el mundo nos demoraremos 80 años en lograr la igualdad.

En tanto, recurrió a la historia en el tema, donde refiere que en México, desde la década de 1970, diversos movimientos de mujeres feministas y no feministas, coincidimos en denunciar todas las formas de violencia contra las mujeres de todas las edades, etnias y clases sociales en México.

El Estado Mexicano a partir de 1975, en la primera conferencia internacional de la mujer, organizada conjuntamente con la ONU en la hoy, Ciudad de México, reconoció las atroces consecuencias del binomio occidental, Naturaleza/Cultura, el cual justifica de forma indiscriminada y sin cuestionamientos toda violencia contra nosotras las mujeres.

De ahí que, nuestros lemas, “Lo personal es político”, “Dueñas de nuestros cuerpos, dueñas de nuestras vidas”, “La mujer no provoca, hablemos de violación”, entre otros que hemos enarbolado a lo largo de un poco más de 40 años, de alguna manera los vimos reflejados en tratados internacionales y políticas públicas.

La considerada Carta internacional de los derechos humanos de las mujeres, Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), ratificada por  México el 23 de marzo de 1981 y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención Belém do Pará) ratificada por nuestro país cuatro años después, el 06 de septiembre de1998, lentamente han sido consideradas para lograr prevenir, sancionar y erradicar todo tipo de violencia psicológica, física, patrimonial (económica) y sexual contra las mujeres; en todas sus modalidades: familiar, laboral, docente, hostigamiento y acoso sexual, violencia en la comunidad, violencia institucional y violencia feminicida.

 

Así, es hasta el siglo XXI, cuando se pronuncia en diciembre de 2006, la tan reformada Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que en su artículo 4 concibe cuatro principios: igualdad jurídica, respeto a la dignidad de las mujeres, no discriminación y libertad. Dicha Ley, obliga al Estado Mexicano a crear el Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, mediante instrumentos jurídicos y administrativos para garantizar y proteger los derechos de las mujeres en sus tres niveles de gobierno.

 

Esta Ley reconoce la obligación del Estado mexicano, de  contemplar el mecanismo de la Alerta de violencia de género contra mujeres (AVGM), en casos de violencia extrema o feminicidio, lo cual es valioso, toda vez que reconoce cierta perturbación social y violación a los derechos humanos de las mujeres; dicha alerta puede ser solicitada tanto por organismos de derechos humanos nacionales e internacionales, y de organizaciones de la sociedad civil, puntualizó. ASICh

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